Persona física: Autónomo / Comunidad de Bienes / Sociedad Civil
1.- Tributación beneficios
- IRPF
2.- Obligaciones fiscales
- Anuales
- Declaración anual IRPF
- Resumen anual retenciones
- Declaración anual IVA
- Declaración anual operaciones con terceros > 3.005 €
- Periódicas
-
- Pagos fraccionados IRPF
- Retenciones e ingresos a cuenta IRPF
- Declaración-liquidación IVA
-
- Impuesto de Actividades Económicas IAE
- Autónomos: Exento, pero tiene que darse de alta
- Comunidad de Bienes y Sociedad Civil: Exentos durante los 2 primeros períodos impositivos. A partir de entonces, exentos si importe neto de la cifra de negocios < 1.000.000 de euros
3.- Obligaciones contables y registrales
- Todos están obligados a llevar un Libro de Registro de IVA
- Régimen General: Facturas emitidas, Facturas recibidas, Bienes de inversión
- Régimen Simplificado: Facturas recibidas
- Recargo de Equivalencia: ninguno
- Según la actividad económica que se desarrolle, las obligaciones son:
- Empresarios mercantiles en estimación directa normal: Contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad, Libro diario, Inventarios y cuentas anuales
- Empresarios no mercantiles en estimación directa normal y todos los empresarios en estimación directa simplificada: Libro registro de ventas e ingresos, Libro registro de compras y gastos, Libro registro de bienes de inversión.
- Profesionales en estimación directa, en cualquiera de sus modalidades: Libro registro de ingresos, Libro registro de gastos, Libro registro de bienes de inversión, Libro registro de provisiones de fondos y suplidos
- Empresarios y profesionales en estimación objetiva (módulos): Bienes de inversión (únicamente los contribuyentes que deduzcan amortizaciones), Libro registro de ventas e ingresos (únicamente los titulares de actividades agrícolas, ganaderas, forestales accesorias y de transformación de productos naturales)
4.- Obligaciones laborales
- Afiliación y alta trabajadores por cuenta ajena
- Ingreso cuotas cotización
- Comunicación de contrataciones en la oficina SPE
- Compra/legalización Libro Visitas
- Comunicación apertura centro de trabajo
- Plan de Prevención Riesgos Laborales (sólo si contrata trabajadores)
5.- Seguridad Social
- Afiliación y alta en RETA
- Inscripción del empresario (sólo si contrata trabajadores)
6.- Otras obligaciones
Facturas, hojas de reclamaciones, protección de datos, recurso cameral.
Persona jurídica: Sociedad Colectiva / Sociedad Limitada / Sociedad Limitada Nueva Empresa / Sociedad Anónima / Sociedad Comanditaria / Sociedad Laboral / Sociedad Cooperativa
1.- Tributación beneficios
- Impuesto sobre Sociedades en todas; salvo en Sociedad Cooperativa: Impuesto sobre Sociedades en Régimen Especial
2.- Obligaciones fiscales
- Anuales
- Declaración anual Impuesto sobre Sociedades
- Resumen anual Retenciones
- Declaración anual IVA
- Declaración anual operaciones con terceros > 3.005 €
- Periódicas
- Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades
- Retenciones e ingresos a cuenta
- Declaración-liquidación IVA
- IVA: NO pueden acogerse al Régimen Simplificado ni a Recargo de Equivalencia.
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Exentos durante los 2 primeros períodos impositivos. A partir de entonces, exentos si importe neto de la cifra de negocios < 1.000.000 de euros.
3.- Obligaciones contables y registrales
- Contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad
- Todas las sociedades mercantiles deben llevar
- Libro diario
- Libro de inventario y cuentas anuales
- Libros de actas
- Libro registral de los socios (Sólo para Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedad Laboral)
- Todas las sociedades deben llevar Libro Registro de IVA
- Régimen General: Facturas emitidas, Facturas recibidas, Bienes de inversión
- Régimen simplificado: Facturas recibidas
4.- Obligaciones laborales
- Alta trabajadores en Régimen General
- Ingreso cuotas cotización
- Comunicación de contrataciones en la oficina INEM
- Compra/legalización Libro Visitas
- Comunicación apertura centro de trabajo
- Obligaciones en Prevención Riesgos Laborales
5.- Seguridad Social
- Sociedad Colectiva/Sociedad Limitada/Sociedad Limitada Nueva Empresa/Sociedad Anónima/Sociedad Comanditaria
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
- Inscripción de la empresa
- Sociedad Laboral: Régimen General de la Seguridad Social (salvo los administradores que estén remunerados, tengan contrato laboral de carácter especial o se trate de sociedades familiares: RETA)
- Sociedad Cooperativa: Pueden optar por Régimen General o Autónomos, con la condición de que todos se incluyan en el mismo régimen, por lo que pueden estar constituidas por inmigrantes, independientemente del permiso de trabajo que tengan
6.- Otras obligaciones
Facturas, hojas de reclamaciones, protección de datos, recurso cameral.