Objeto

El objeto de este procedimiento es la admisión de inscripciones para el Registro de solicitantes de vivienda con Protección Pública, y los anejos que correspondan, a construir en Pozuelo de Alarcón.

Se incorporará a sus ficheros los datos personales, familiares, económicos, administrativos o sociales necesarios para adjudicar una vivienda con protección pública.
 

 

Naturaleza jurídica

Las viviendas a adjudicar son viviendas con Protección Pública conforme a lo establecido en los Decretos 11/2005 y 12/2005, de 27 de enero, por los que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid y las ayudas económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid, respectivamente, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 37, de 14 de febrero).

En el supuesto de existir alguna promoción acogida a los Decretos 11/2001 y 12/2001, será de aplicación el contenido de las presentes Bases, entendiéndose que quedan adaptadas a las modificaciones que exigiera la regulación contenida en dichos Decretos.

Se efectuará la reserva del cupo a Personas con Movilidad Reducida, en el porcentaje que la normativa establezca, y para optar a la misma deberán reunir, además de este requisito específico de valoración como Persona con Movilidad Reducida demostrado aportando dictamen del Centro Base de la Comunidad de Madrid, de su condición de persona con Movilidad Reducida Permanente, los demás requisitos contemplados en estas bases.
 

 

Régimen de viviendas

Se regula por los Decretos 11/2005 y 12/2005, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Tendrá la consideración de vivienda con protección pública, independientemente de que provengan de actuaciones de nueva construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas ya construidas, las calificadas expresamente como tales por al Administración competente, conforme se determine en los planes de vivienda autonómicos, ya tengan financiación con cargo a recursos propios o sean financiadas por otras administraciones.
 

 

Requisitos de los solicitantes  

Podrá solicitar la admisión en el Registro de Solicitantes de vivienda con protección pública, toda persona física mayor de edad, o menor emancipado, que no se encuentre incapacitada para obligarse contractualmente, de acuerdo con lo establecido en el Código Civil, que cumpla los siguientes requisitos, mediante declaración responsable y veraz del solicitante, que será extensiva a los datos requeridos de todos los miembros de la unidad familiar:

  1. Edad: Ser el solicitante mayor de edad o menor emancipado.
  2. Empadronamiento: Estar empadronado el solicitante en Pozuelo de Alarcón y tener residencia legal y permanente en el municipio.
  3. 3º En defecto del requisito 2º: Trabajar en Pozuelo de Alarcón: Desempeñar su actividad laboral principal en un centro de trabajo ubicado en este término municipal.
  4. Renta: Acreditar unos ingresos familiares que no excedan siete veces y media (7,5 veces) el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) referidos al último ejercicio.

    A estos efectos se entiende por ingresos familiares los obtenidos por la unidad familiar durante el ejercicio inmediatamente anterior y se determinan como resultan definidos por las normas reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el concepto de ingresos íntegros.

  5. No ser titular, el solicitante, ni los miembros de la unidad familiar, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute, sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional; ni lo sea sobre una vivienda libre en toda la Comunidad de Madrid, cuando el valor de dicha vivienda libre, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, exceda del 40 por 100 del precio máximo total de venta de la vivienda objeto de la actuación protegida, o del 60 por 100, en el caso de familias numerosas. No obstante, no será de aplicación este requisito en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
  6. 6º No haber resultado, ninguno de los miembros de la unidad familiar o convivencial solicitante, adjudicatario de una vivienda protegida en todo el territorio nacional, en régimen de propiedad, durante los quince (15) años anteriores a la fecha de presentación de solicitudes así como no haber sido desahuciados mediante expediente por ocupación ilegal.
  7. 7º En el caso de optar por la vivienda reservada a Personas con Movilidad Reducida, será necesario demostrar esta necesidad, en su momento, mediante la presentación de un dictamen de Persona con Movilidad Reducida Permanente, emitido por un Centro Base de la Comunidad de Madrid, a los efectos de aplicación del artículo 27, de la Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras de la Comunidad de Madrid.

 

Unidad familiar  

A estos efectos se entenderá por unidad familiar lo regulado al efecto en la Ley del IRPF.
 

 

Documentación a presentar  

Junto al escrito de solicitud facilitado por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, habrá de aportarse una declaración jurada, responsable y veraz, acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Base 4.
 

 

Formalización de la solicitud de inscripción, entrega de los impresos y documentación   

Las solicitudes habrán de formularse en el modelo oficial, que se adjunta a estas Bases como Anexo nº 1 y presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, adjuntando la declaración que se acompaña como Anexo nº 2.

Además, podrá presentarse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Una vez presentada la solicitud, se le asignará un número de inscripción en el Registro de Solicitantes, que será comunicado mediante el listado de solicitantes admitidos y no admitidos.
 

 

Inicio del plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes empezará a contar desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
 

 

Trámites/impresos relacionados   

Solicitud de inscripción a la promoción.
 

 

Acreditación o resguardo de la solicitud de inscripción   

El solicitante recibirá resguardo acreditativo de su solicitud de inscripción.
 

 

Duplicidad de la solicitud de inscripción       

Se presentará una sola solicitud de acceso al Registro de Solicitantes por unidad familiar y en caso de ser presentada más de una, todas quedarán invalidadas y sin efecto alguno.
 

 

Actualización de datos

El solicitante es responsable de los datos que consten en la solicitud de inscripción, estando obligado a comunicar fehacientemente al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón cualquier modificación de los mismos, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha en que se produzca. La falta de comunicación dará lugar a la baja de la inscripción, previa notificación al interesado.
 

 

Veracidad de los datos  

Todos los datos y circunstancias alegados en la solicitud respecto al solicitante y el resto de miembros componentes de la unidad familiar deberán ser ciertos, bajo la responsabilidad de dicho solicitante, que asume, de no serlo, la exclusión de la lista de admitidos y la prohibición expresa para incorporarse al Registro de Solicitantes en los siguientes cuatro años a contar desde su exclusión.
 

 

Subsanación de errores  

Con una periodicidad máxima de seis meses se publicará un listado provisional de solicitudes de inscripción admitidas y no admitidas. Una vez publicado dicho listado, podrán ser subsanados los datos que constan en el mismo, mediante alegación fundada, presentada en el plazo máximo de quince días hábiles. Previos los informes pertinentes se rechazarán las solicitudes que no reúnan los requisitos exigidos, publicándose nuevamente el listado, con carácter definitivo, de solicitudes de inscripción admitidas y no admitidas, y , además, notificándose individualmente a los interesados excluidos.

Las publicaciones referidas en las presentes Bases se efectuarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, sito en la Plaza Mayor nº 1, fecha desde la que se computarán los plazos establecidos.

En caso de que el solicitante no subsane los defectos en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su petición.
 

 

Autorización expresa  

El solicitante autoriza expresamente al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para el tratamiento automatizado de los datos contenidos en la solicitud o inscripción y, en su caso, al cruce de los mismos con otras administraciones públicas o privadas, de acuerdo con lo establecido en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, para el logro del acceso a la vivienda con protección pública interesada.
 

 

Reclamaciones  

Será competencia del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón la resolución de cuantas reclamaciones se sustancien en relación con el Registro de Solicitantes.