• Las oficinas de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón son el Registro General de dicho Ayuntamiento.
  • Según la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estos registros son la entrada de solicitudes, peticiones y documentación que hace el ciudadano, como persona física, a su Ayuntamiento y a toda la Administración Pública.

En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  1. a) Las personas jurídicas.
  2. b) Las entidades sin personalidad jurídica.
  3. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  4. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  5. e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Las solicitudes que se formulen deberán contener:

  1. a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente.
  2. b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación. 
  3. c) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
  4. d) Lugar y fecha.
  5. e) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.
  6. f) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación.
  • Las oficinas de asistencia en materia de registros estarán obligadas a facilitar a los interesados el código de identificación si el interesado lo desconoce. Asimismo, las Administraciones Públicas deberán mantener y actualizar en la sede electrónica correspondiente un listado con los códigos de identificación vigentes.
  • Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, los interesados podrán aportar cualquier otro documento que estimen conveniente.