Tanto la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, , como el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, atribuyen a las Corporaciones Locales la facultad de redactar el Reglamento del Cuerpo de Policía Local, propio, en el que se respeten la Ley y el propio reglamento marco.

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