Medios económicos:

Asignar a los Grupos Municipales una dotación económica anual con un componente fijo de 1.250 euros para cada Grupo Municipal (Grupo Municipal Popular, Grupo Municipal Vox y Grupo Municipal Socialista) y otra variable de 20.000 euros, a repartir en función del número de concejales que los integren en las cuantías que, a continuación, se determinan, con los requisitos establecidos en el artículo 24 del Reglamento Orgánico del Pleno:

  • Grupo Municipal Popular: 14.167 euros.
  • Grupo Municipal VOX: 3.333 euros.
  • Grupo Municipal Socialista: 2.500 euros.

Autorizar un gasto por importe anual de 23.750 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 02.9123.48000 PRESIDENCIA. A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO con el siguiente desglose:

  • Año 2023: (625 euros x 3) + 10.000 euros  = 11.875 euros.
  • Año 2024: (1.250 euros x 3) + 20.000 euros = 23.750 euros.
  • Año 2025: (1.250 euros x 3) + 20.000 euros = 23.750 euros.
  • Año 2026: (1.250 euros x 3) + 20.000 euros = 23.750 euros.
  • Año 2027: (625 euros x 3) + 10.000 euros  = 11.875 euros.

Medios materiales:

Asignar a todos los Grupos Municipales los medios materiales que seguidamente se detallan:

  • Un despacho con servicio de telefonía fija con los requisitos del Art. 25 a) del Reglamento Orgánico del Pleno, en el lugar que determine la Alcaldía, vistas las disponibilidades de espacio.
  • Mobiliario, material inventariable y objetos de decoración que determine la Alcaldía en las condiciones de igualdad y de calidad acordes a las determinaciones del Art. 25 b) del Reglamento Orgánico del Pleno.
  • Teléfono móvil para cada Concejal en los términos que determine la Alcaldía habida cuenta de las dotaciones presupuestarias.
  • Ordenadores en el número suficiente para atender sus obligaciones que determine la Alcaldía respetando las consignaciones presupuestarias.
  • Tarjetas de acceso y plazas de aparcamiento en el parking subterráneo de la Plaza Mayor en la forma y cuantía que determine la Alcaldía vistas las dotaciones de plazas y las consignaciones presupuestarias.
  • De conformidad con los medios personales establecidos con carácter general en el artículo 25 del ROP, asignar a los Grupos políticos el siguiente personal, cuyo nombramiento corresponderá a la Alcaldesa, de las personas que designen los respectivos Grupos Municipales:
    • Grupo Municipal Popular: un auxiliar o un administrativo y dos consejeros/asesores.
    • Grupo Municipal Vox y al Grupo Municipal Socialista, un auxiliar o un administrativo a cada uno cuyo nombramiento corresponderá a la Alcaldesa, de las personas que designe dicho Grupo.
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