Reglamento de Participación Ciudadana

Actualmente se encuentra en fase preliminar de elaboración, previo a su aprobación.

La participación de los ciudadanos en relación con la Administración pública emana de la Constitución Española de 1978 (art. 105), desarrollándose en los Estatutos de Autonomía de la Comunidades (Ley de la Comunidad de Madrid 6/1986, de 25 de junio, de iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid); así como en Leyes sectoriales (art. 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), y quedan materializados en la reglamentación municipal.
 

En el caso concreto de Pozuelo de Alarcón está recogido en el art. 115 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración,
así como en el Reglamento Orgánico del Pleno. Véase Normativa de Intervención de los vecinos.

 

Reglamento del Consejo Social de la Ciudad