El Ayuntamiento pone a disposición de los contribuyentes una calculadora que les permite valorar cuál es la base imponible más favorable a sus intereses antes de practicar la autoliquidación de la plusvalía municipal.

Hay dos metodologías de cálculo de la base imponible:

  • Método objetivo: base imponible = valor catastral del suelo x coeficiente aprobado por el Ayuntamiento (pulse aquí si quiere más información).
  • Método de estimación directa: base imponible = diferencia del precio del suelo declarado o comprobado en la adquisición y en la transmisión).

Pulse aquí para acceder al simulador

Para el uso del simulador tenga en cuenta que:
Debe disponer de la referencia catastral del inmueble y de su valor catastral (valor catastral total y valor catastral del suelo). Si no dispone de estos datos le informamos aquí cómo obtenerlos. En el recibo del IBI del año de transmisión figuran estos datos. También puede consultarlo en la sede electrónica de Catastro.
En el caso de que el inmueble hubiera sido adquirido en distintos momentos debe indicar para cada período el porcentaje adquirido, así como su precio.
En las transmisiones lucrativas, es decir las gratuitas (herencia, donación…), se deben tomar los datos del valor del inmueble declarado o autoliquidado en el Impuesto de  Sucesiones y Donaciones.
Más información.