Sentencia judiciales de interés - IIVTNU

Inaplicación de la STC 182/2021 de 26 de octubre a situaciones consolidadas en las que además hay incremento de valor el terreno por informe técnico municipal

Sentencia nº88/2025 de 04 de marzo de 2025, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº07 de Madrid.

El Juzgado DESESTIMA el recurso, ya que la actora presentó la petición de devolución al amparo de las SSTC 59/2017 y 126/2019 y por infracción del art. 31.1 CE, después de la STC 182/2021 de 26 de octubre. Además, nada aporta sobre el decremento de valor del terreno, frente al Informe Técnico Municipal de evolución de precios de mercado que acredita que hubo incremento de valor y realización del hecho imponible del IIVTNU. 


Inaplicación de la STC 182/2021 de 26 de octubre a situaciones consolidadas en las que además hay incremento de valor el terreno

Sentencia nº69/2025 de 19 de febrero de 2025, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº07 de Madrid.

El Juzgado DESESTIMA el recurso, ya que la actora presentó una autoliquidación del IIVTNU y posteriormente, el día 12 de noviembre de 2021, presentó la petición de devolución al amparo de las SSTC 59/2017 y 126/2019 y por infracción del art. 31.1 CE. Nada señala sobre el valor de compra y venta, aunque constan las escrituras en el expediente que el actor obtuvo ganancia en la compraventa, algo ciertamente extraño dados los años en los que se produjo la operación. O lo que es lo mismo, no sufrió perjuicio patrimonial.


Condiciones de la aplicación del método de estimación directa por diferencia de precios en escrituras del RDL 26/2021, de 8 de noviembre

Sentencia nº31/2025 de 27 de enero de 2025, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº13 de Madrid.

El Juzgado DESESTIMA el recurso, ya que, Para llegar a la conclusión de que el método utilizado por la administración no fue el más beneficioso, se requiere y es preciso que se acredite a través de los medios de prueba establecidos en el ordenamiento tributario, para así este juzgador pueda concluir que el hecho imponible no se ha producido o que se ha producido en cuantía distinta a la establecida por la Administración con su método de estimación objetiva, o que las reglas de cálculo aplicadas eran incorrectas. Y en el presente caso nos encontramos con que las alegaciones y aplicación del método directo que realiza la parte, son sus propios cálculos que esta juzgadora, no puede aceptar sin más como ciertos y válidos, sobre todo cuando acudiendo a la contestación a la demanda la administración demandada, haciendo el cálculo comparativo de ambos métodos llega a conclusiones y cifras distintas.


Procedencia del informe municipal de evolución de precios de mercado frente a los precios escriturados

Sentencia nº299/2024 de 16 de diciembre de 2024, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº14 de Madrid.

El Juzgao DESESTIMA el recurso, ya que la parte recurrente insiste en la inexistencia de incremento en virtud de los datos obrantes en las escrituras públicas de adquisición y posterior transmisión, pero lo cierto es que los precios declarados en las escrituras públicas no constituyen prueba suficiente al haberse aportado por el Ayuntamiento demandado informe técnico contradictorio que destruye la eficacia probatoria de aquéllas, y que vienen a justificar la existencia de incremento del valor del suelo respecto del inmueble transmitido. No puede considerarse como cierto el valor de la finca fijado en las escrituras públicas puesto que estas se limitan a recoger un valor “manifestado” por las partes intervinientes, que no tiene por qué ser el real, máxime si tenemos en cuenta que en la escritura de transmisión del año 2022 no se incluye el valor de la vivienda y del negocio de farmacia, como sí se hizo en el momento de la adquisición (año 2017).


Procedencia de la revisión de oficio de autoliquidación firme por aplicación de la STS 339/2024 de 28 de febrero

Sentencia nº115/2024 de 20 de marzo de 2024, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº18 de Madrid.

El Juzgado ESTIMA PARCIALMENTE el recurso, ya que el principio de unidad jurisdiccional exige aplicar al presente supuesto la Sentencia del TS 339/2024

En consecuencia, aunque la autoliquidación tributaria impugnada en esta causa puede considerarse como firme, el Tribunal Supremo admite que se pueda llevar a cabo una revisión de oficio de la misma siempre que no haya transcurrido el plazo de 4 años para instar la devolución de ingresos indebidos. En el presente supuesto, ese plazo no había transcurrido.

Con esa premisa, el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón debe llevar a cabo una revisión de oficio de la autoliquidación tributaria objeto del presente proceso, aplicando la reciente jurisprudencia a la que se ha hecho alusión, tanto del Tribunal Supremo, como del Tribunal Constitucional.

Procede estimar parcialmente el presente recurso, anulando la actuación administrativa impugnada por no ser conforme a derecho, acordando que el Ayuntamiento proceda a revisar de oficio la autoliquidación tributara objeto de este proceso, aplicando la reciente jurisprudencia a la que se ha hecho alusión, tanto del Tribunal Supremo, como del Tribunal Constitucional.


Hecho imponible. La donación no deriva de sentencia de disolución del vínculo conyugal

Sentencia nº60/2024 de 23 de febrero de 2024, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº34 de Madrid.

El Juzgado DESESTIMA el recurso, ya que, la donación no se produjo en cumplimiento de una sentencia de nulidad, separación o divorcio matrimonial, sino como mero acto de liberalidad del padre a favor de sus hijos. la donación realizada no puede incluirse dentro de los supuestos de no sujeción previstos por el artículo 104.3 TRLHL, siendo conforme a derecho la tributación por la transmisión realizada.


Desestimatoria. Aplicación de recargo por extemporaneidad

Gestión tributaria. Procedencia de recargo extemporáneo por presentación de autoliquidación fuera de plazo

Sentencia nº96/2018 de 2 de abril de 2018, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº10 de Madrid.

El Juzgado DESESTIMA el recurso, ya que, procede la aplicación del recargo por extemporaneidad al haber sido presentada la autoliquidación fuera del plazo legal y reglamentariamente establecido el hecho imponible se produce con el otorgamiento de la escritura pública que formaliza la transmisión del inmueble, y ello en estricto cumplimiento de la normativa tributaria, ya que el TRLHL no condiciona el devengo del impuesto y la obligación de liquidarlo al trámite de su inscripción registral.


Desestimatoria. Naturaleza urbana del terreno en el momento del devengo

Hecho imponible

Sentencia nº182/2019 de 24 de mayo de 2019, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº31 de Madrid.

El Juzgado DESESTIMA el recurso, ya que, lo decisivo en que, en el momento de la transmisión determinante del devengo, los terrenos tengan la condición de urbanos en los términos del IBI o según las disposiciones e instrumentos urbanísticos aplicables.


Desestimatoria. Requisitos para la aplicación de bonificación

Beneficios fiscales. Bonificación por vivienda habitual y cumplimiento de requisitos de la ordenanza

Sentencia nº302/2019 de 22 de octubre de 2022, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº07 de Madrid.

El Juzgado DESESTIMA el recurso, ya que, a la vista de la Ordenanza Fiscal no se cumplieron los requisitos fijados de solicitarse en los seis meses desde el fallecimiento del causante o haber pedido la prórroga en el mismo plazo por otros seis meses, haciendo en total un plazo de un año para hacer los trámites necesarios. La actora no presento autoliquidación ni petición de prórroga lo que impide beneficiarse de la bonificación.


Estimatoria. Aplicación STC aun con incremento de valor

Incostitucionalidad de la base imponible. STC 182/2021 de 26 de octubre

Sentencia nº586/2021 de 22 de marzo de 2022, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº22 de Madrid.

El Juzgado ESTIMA el recurso, ya que se aplica al caso la STC 182/2021 de 26 de octubre sentencia, que expulsa del ordenamiento jurídico los arts. 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y. 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, cobertura legal de la liquidación del impuesto que nos ocupa. La declaración del TC sobre el alcance de dicha sentencia, hace que su doctrina sea de aplicación al caso de autos, ya que la solicitud de rectificación y de devolución de ingresos indebidos deducida respecto de la autoliquidación originaria nunca fue denegada por resolución que quedase firme. Y ello con independencia de que la Administración aportara Informe de comprobación de los valores escriturados con resultado de incremento de valor del terreno transmitido.


Estimatoria. Aplicación STC aun con incremento de valor en escrituras

Incostitucionalidad de la base imponible. STC 182/2021 de 26 de octubre

Sentencia nº160/2022 de 09 de mayo de 2022, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº18 de Madrid.

El Juzgado ESTIMA el recurso, ya que se aplica al caso la STC 182/2021 de 26 de octubre sentencia, que expulsa del ordenamiento jurídico los arts. 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y. 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, cobertura legal de la liquidación del impuesto que nos ocupa. La declaración del TC sobre el alcance de dicha sentencia, hace que su doctrina sea de aplicación al caso de autos, ya que la solicitud de rectificación y de devolución de ingresos indebidos deducida respecto de la autoliquidación originaria nunca fue denegada por resolución que quedase firme. Y ello con independencia de que de los valores escriturados había resultado un incremento de valor del terreno transmitido, por ser el precio de adquisición inferior al de transmisión.


Estimatoria. Aplicación STC aun siendo otra la controversia

Incostitucionalidad de la base imponible. STC 182/2021 de 26 de octubre

Sentencia nº18/2022 de 21 de enero de 2022, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº16 de Madrid.

El Juzgado ESTIMA el recurso, ya que se aplica al caso la STC 182/2021 de 26 de octubre sentencia, que expulsa del ordenamiento jurídico los arts. 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y. 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, cobertura legal de la liquidación del impuesto que nos ocupa. La declaración del TC sobre el alcance de dicha sentencia, hace que su doctrina sea de aplicación al caso de autos, ya que la solicitud de rectificación y de devolución de ingresos indebidos deducida respecto de la autoliquidación originaria nunca fue denegada por resolución que quedase firme. Y ello con independencia de que la cuestión controvertida no estuviera directamente relacionada con el método de cuantificación de la base imponible o la propia realización del hecho imponible, sino con la no sujeción por la naturaleza no urbana del inmueble objeto de transmisión.


Estimatoria. Aplicación STC sin proceder solicitud de suspensión

Incostitucionalidad de la base imponible. STC 182/2021 de 26 de octubre. No procedencia de la solicitud de suspensión por autos del TS pendientes de resolución

Sentencia nº564/2022 de 22 de septiembre de 2022, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Juzgado ESTIMA el recurso, ya que uno de los límites de la congruencia deriva de las exigencias del orden público, que se manifiesta en la obligación de los Tribunales de apreciar y aplicar de oficio, aun cuando no hayan sido alegadas por las partes, los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de las leyes, como es la nulidad de los actos administrativos en ellas fundados. Hay una constante jurisprudencia que permite la apreciación de oficio de las causas de nulidad de pleno derecho de los actos administrativos. Por tanto, resulta plenamente aplicable la citada STC 182/2021 con todas sus consecuencias.


Estimatoria. El demandante no era titular del inmueble

Sujetos pasivos. Resolución de catastro declarando otro titular del inmueble

Sentencia nº96/2018 de 2 de abril de 2018, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº10 de Madrid.

El Juzgado ESTIMA el recurso, ya que, por Resolución de la Gerencia Regional del Catastro se procede a la alteración de los datos catastrales obrantes en el Padrón relativos a la titularidad del inmueble, y en la que se comprueba que el demandante no era titular del mismo.