Normas en tramitación

Introducción

 

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Punto de acceso para facilitar la participación pública en el procedimiento de elaboración de normas.

 

Este canal se constituye como el punto de acceso a los trámites de participación pública, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de ordenanzas o reglamentos municipales y de audiencia e información pública de los textos normativos aprobados.


Consulta pública previa - Trámites abiertos

Los trámites de consulta pública previa tienen por objeto recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo.

A continuación se recoge el listado de las iniciativas y propuestas normativas para las que se encuentra abierto este trámite, indicando el título, la fecha en que finaliza el plazo de la consulta y el medio para realizar las aportaciones. Está ordenado por fecha de publicación, de más reciente a más antiguo.

Consulta pública previa – Proyecto de ordenanza general de bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón

Fecha publicación: 29/05/2026

Inicio del plazo de consulta pública previa: 01/06/2026

Fin del plazo de consulta pública previa: 12/06/2026

Pueden hacer llegar sus opiniones y aportaciones sobre los aspectos que consideren oportunos:

  1. A través de Registro General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, o por cualesquiera de las vías establecidas en la citada ley 39/2015.
  2. Plazo: 10 días desde el día siguiente a su publicación.

Acceso documento

Información pública y Audiencia - Trámites abiertos

Aprobación inicial por el Pleno del reglamento de modificación parcial del Reglamento Especial de Protocolo del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón

Texto aprobación inicial

Información pública: 30 días hábiles desde el siguiente a su publicación

Inicio del periodo de información pública: 06/03/2026

Fin del periodo de información pública: 20/04/2026

Se podrán presentar reclamaciones y sugerencias por cualquier medio de los recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.