Comunicación previa de Cambio de titular de título habilitante para la Ejecución de Obras

Los títulos urbanísticos habilitantes serán transmisibles, salvo en el caso de licencias urbanísticas que conlleven la utilización de dominio público en cuyo caso habrá de estarse a las condiciones de la autorización demanial.

Esta transmisión deberá comunicarse al Ayuntamiento mediante comunicación previa, sin la cual quedarán el anterior y el nuevo titular sujetos a las responsabilidades derivadas de la actuación amparada por el título habilitante.