La actuación de destruir o eliminar legalmente expedientes administrativos es un elemento clave de la gestión documental del sector público. Lo primero que hay que subrayar es el calificativo <<legal>>. No se puede destruir lo que no está descrito y, además, existe un procedimiento legal. Para que funcione todo el mecanismo, se sigue el modelo denominado << comisión calificadora>>. En el caso de la Comunidad Autónoma de Madrid, Autonomía que cuenta con la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid, el organismo regulador es el Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid y el procedimiento completo finaliza con una resolución del Consejero/-a del Gobierno de la Comunidad de Madrid competente en materia de archivos; dicha resolución se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Si los ayuntamientos madrileños contribuyesen a este esfuerzo común, el resultado sería óptimo. Para darse una idea de este tipo de procedimiento, hemos subido un ejemplo de la Administración General del Estado y un ejemplo de la Comunidad de Madrid.
- Ejemplo de la Administración General del Estado: Resolución de 30 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de series documentales existentes en los archivos del Departamento y sus Organismos Públicos, así como en los Archivos Históricos Provinciales.
- Ejemplo de la Comunidad de Madrid: ORDEN 1044/2025, de 7 de mayo, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid, de Corporaciones de Derecho Público y de las Entidades Locales Madrileñas.