Contratación del agua ( Empresa Madrileña Canal de Isabel II)

La contratación del agua se realiza de diferente forma en función de la finca a abastecer, y si ésta cuenta o no con suministro anterior.

  • Finca con suministro de agua
  • Retranqueo o ampliación
  • Fincas que no disponen de suministro de agua y deseo contratarlo
    • Acometida única. Uso para obra, vivienda unifamiliar, local comercial independiente de una Comunidad de Propietarios, riegos, uso contra incendios.
    • Acometida principal. Acometida para el suministro general de un edificio en altura de viviendas o locales comerciales que conllevará la instalación de una batería de contadores.
    • Contador secundario. Vivienda que pertenece a una comunidad de propietarios con batería de contadores instalada.

Para más información sobre la contratación del aguaVisite la página del Canal de Isabel II

 

 

 

Contratación de la luz y gas natural

Para dar de alta un contrato de energía eléctrica debes considerar ciertos aspectos importantes como:

 

  • Potencia solicitada para contratar no supera la máxima admisible por la instalación de la vivienda. En el Boletín de Instalaciones Eléctricas se reflejan las principales características de la instalación, como la potencia instalada, la máxima admisible y la que garantiza la calidad de la instalación. En el caso de que la potencia solicitada supere la admitida se debe aportar un nuevo boletín, este boletín se debe solicitar al instalador electricista.
  • Tipo de Tarifa (precio de la electricidad). En cada empresa energética se obtendrá información sobre las tarifas eléctricas disponibles y una orientación sobre la potencia recomendada en función de los receptores que tenga la vivienda.
  • Debido a la liberalización del mercado eléctrico es necesario tener información sobre las posibilidades que existen a la hora de realizar un contrato de energía eléctrica.

En Madrid existen distintas empresas que suministran electricidad y/o gas natural.

Las empresas más importantes son: